Condiciones Generales de Venta (CGV)

§1 Generalidades

1.1. Las siguientes Condiciones de Venta se aplican exclusivamente a personas físicas o jurídicas o a sociedades con capacidad jurídica que, al concluir el negocio jurídico, actúan en el ejercicio de su actividad comercial o profesional autónoma (empresarios en el sentido del § 14 del Código Civil Alemán - BGB).

1.2. Vendemos mercancías o prestamos servicios a empresarios exclusivamente sobre la base de nuestras CGV. También se aplican a todos los negocios futuros con el cliente, sin que tengamos que referirnos a ellas de nuevo en cada caso individual; la versión actual de las CGV está disponible en www.americom.de. Las condiciones divergentes del cliente que no reconozcamos expresamente no formarán parte del contrato, incluso si no nos oponemos expresamente a ellas. Nuestras CGV también se aplican si realizamos la entrega al cliente sin reservas, a sabiendas de que existen condiciones del cliente que contradicen o se desvían de nuestras CGV.


§2 Oferta – Documentos de Oferta y Confirmación de Pedido

(1) Nuestras ofertas se realizan sin compromiso.

(2) El pedido de la mercancía por parte del cliente se considera una oferta contractual vinculante. Tenemos derecho a aceptar esta oferta contractual en un plazo de 2 semanas tras su recepción.

(3) Un contrato de entrega solo se formaliza mediante nuestra confirmación de pedido por escrito, a más tardar con la entrega. Las objeciones al contenido de la confirmación de pedido deben presentarse de inmediato, pero a más tardar dentro de los tres días hábiles posteriores a su recepción, por escrito. Si no se presenta una objeción a tiempo, el contenido de la confirmación de pedido será vinculante para el contrato. La transmisión por teleproceso de datos satisface la forma escrita.

(4) Nos reservamos los derechos de propiedad y de autor sobre planos, cálculos y otros documentos. Esto también se aplica a los documentos escritos que están marcados como "confidenciales". El cliente necesita nuestro consentimiento expreso por escrito antes de transmitirlos a terceros.


§3 Precios – Condiciones de Pago

(1) Solo son válidos los precios que hemos confirmado por escrito. Estos se entienden franco fábrica, más el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) legal, gastos de envío, embalaje, flete, seguro, etc.

(2) Nos reservamos el derecho de modificar nuestros precios de forma adecuada si, después de la conclusión del contrato, se producen reducciones o aumentos de costes, en particular debido a aumentos en los costes salariales o cambios en los precios de los materiales. Los demostraremos al cliente si así lo solicita.

(3) A menos que la confirmación del pedido indique lo contrario, nuestras facturas son pagaderas dentro de los 10 días con un 2 % de descuento por pronto pago (Skonto) o 30 días netos.

(4) El cliente incurre en mora al expirar el plazo de pago antes mencionado. El precio de compra devengará intereses durante la mora al tipo de interés de demora legal aplicable en ese momento. Nos reservamos el derecho de reclamar un daño por mora adicional. El derecho nuestro al interés de vencimiento comercial según el § 353 del Código de Comercio Alemán (HGB) en el caso de comerciantes no se ve afectado. Por lo demás, se aplican las normas legales relativas a los requisitos y las consecuencias de la mora en el pago.

(5) Los medios de pago distintos de la transferencia, como por ejemplo, el pago en efectivo, mediante cheque o contra reembolso, requieren un acuerdo por separado. La recepción del pago en nuestra cuenta es determinante para la puntualidad del mismo.

(6) El cliente solo puede compensar con contracargos indiscutibles, reconocidos por nosotros o establecidos por sentencia judicial firme. El cliente solo está autorizado a ejercer un derecho de retención si su contracargo se basa en la misma relación contractual.

(7) Si después de la celebración del contrato tenemos conocimiento de circunstancias que cuestionan la solvencia del cliente, o si se produce un riesgo significativo para nuestro derecho de pago debido a un deterioro de los activos del cliente, o si el cliente incurre en mora en el pago del precio de compra, podemos exigir un pago por adelantado o una garantía dentro de un plazo razonable y negarnos a realizar la prestación hasta que se cumpla nuestra solicitud. En caso de negativa del cliente o de expiración infructuosa del plazo, tenemos derecho a rescindir el contrato total o parcialmente y a exigir una indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación.


§4 Adaptaciones de Productos

Nos reservamos el derecho de realizar mejoras de diseño, forma y técnicas en adaptación al estado de la técnica respectivo hasta la entrega, siempre que estos cambios sean razonables para el cliente y no perjudiquen la usabilidad de la mercancía para el propósito contractualmente previsto. Informaremos al cliente sobre los cambios esenciales.


§5 Plazo de Entrega, Retraso en la Entrega

(1) El inicio de las fechas de entrega y prestación indicadas por nosotros presupone que se hayan aclarado todas las cuestiones técnicas y que las obligaciones del cliente se cumplan de forma correcta y a tiempo. Si esto no sucede, el plazo se prolongará de forma adecuada. Se reserva la objeción de contrato no cumplido.

(2) El plazo de entrega se prolongará en caso de fuerza mayor, huelga o retrasos no imputables a nosotros por la duración del impedimento.

(3) Estamos autorizados a realizar entregas parciales, siempre que esto no resulte en desventajas para el uso.

(4) Si el cliente incurre en mora de aceptación o incumple culpablemente otras obligaciones de cooperación, tenemos derecho a dar prioridad a otros pedidos de terceros y a prolongar el plazo de entrega de forma adecuada. Sin perjuicio de reclamaciones adicionales, tenemos derecho a exigir el resarcimiento del daño que nos surja en este sentido, incluidos los posibles gastos adicionales. En particular, podemos, sin perjuicio de derechos adicionales, calcular gastos de almacenamiento de un 0,5 % por mes, con un máximo del 5 % del precio de la entrega retrasada. Además, en el caso de pedidos a pedido, tras la expiración de 12 meses desde la confirmación del pedido, podemos fijar un plazo de gracia de un mes para la aceptación y luego facturar la mercancía o el servicio no aceptado, así como calcular gastos de almacenamiento o de provisión adecuados hasta la aceptación.

(5) Si se cumplen las condiciones del apartado (4), el riesgo de pérdida o deterioro accidental de la cosa comprada se transfiere al cliente en el momento en que este ha incurrido en mora de aceptación o de deudor.

(6) Respondemos de acuerdo con las disposiciones legales si el retraso en la entrega se debe a un incumplimiento de contrato intencional o por negligencia grave que sea imputable a nosotros; una culpa de nuestros representantes o auxiliares de ejecución nos es atribuible. En caso de incumplimiento de contrato por negligencia grave, nuestra responsabilidad por daños y perjuicios se limita al daño previsible y típicamente ocurrido. Esta regulación no implica un cambio en la carga de la prueba en detrimento del cliente.

(7) En la medida en que un retraso en la entrega sea imputable a nosotros según estas disposiciones, nuestra responsabilidad se limita por cada semana completa de retraso a una indemnización del 0,5 %, pero un máximo total del 5 % del precio de la parte de la entrega que no se pueda utilizar debido al retraso.

(8) El cliente está obligado a declarar, a nuestra solicitud y dentro de un plazo razonable, si desiste del contrato debido al retraso en la entrega o si insiste en la entrega.


§6 Entrega, Transferencia del Riesgo – Costes de Embalaje

(1) A menos que la confirmación del pedido indique lo contrario, se acuerda la entrega "franco fábrica/almacén". A solicitud y coste del cliente, la mercancía se enviará a otro lugar de destino a riesgo del cliente. En este caso, el cliente asume los costes de transporte desde el almacén. El cliente corre con los posibles aranceles, tasas, impuestos y otras cargas públicas. La forma y el camino del envío serán determinados por nosotros a nuestra discreción razonable.

(2) Los embalajes de transporte y todos los demás embalajes de un solo uso no se retiran.

(3) Las piezas pequeñas y estampadas pueden entregarse como mercancía a granel. El embalaje individual o especial solo se realiza previo acuerdo correspondiente.

(4) Si el cliente lo desea, cubriremos la entrega con un seguro de transporte; los costes que se incurran al respecto corren a cargo del cliente.

(5) En el caso de entregas en el extranjero, el cliente paga todos los costes de transporte desde la fábrica. Esto significa que después de la entrega de la mercancía al transportista, hemos cumplido el contrato de compraventa - todas las demás cargas y riesgos (aduanas, flete, pérdida, daños) se transfieren al comprador (cláusula EXW 2010 de los International Commercial Terms – Incoterms).


§7 Derechos por Defectos y Responsabilidad

(1) Nuestras entregas están libres de defectos materiales si tienen la calidad acordada en el momento de la transferencia del riesgo. Las descripciones de productos y especificaciones enumeradas en nuestros catálogos y listas de precios sobre la base de la norma respectiva (por ejemplo, DIN, ISO) se consideran un acuerdo sobre la calidad del objeto de la compra. No se deben otras o más amplias propiedades y características que la calidad expresamente acordada de las entregas. Una garantía que vaya más allá de la garantía de este acuerdo de calidad para un propósito de uso específico o una idoneidad, duración de uso o durabilidad determinada después de la transferencia del riesgo solo se asume si se acuerda expresamente y por escrito; por lo demás, el riesgo de idoneidad y uso recae exclusivamente en el cliente. Las desviaciones habituales en la entrega de diferentes series de fabricación no se consideran un defecto. Lo mismo se aplica a las desviaciones de la entrega generalmente razonables de muestras y pruebas. Los datos técnicos, especificaciones e indicaciones de rendimiento en ofertas, contratos, anexos, folletos publicitarios y documentación, etc. solo caracterizan la calidad de los productos y no constituyen garantías, a menos que estén designados como tales.

(2) Las reclamaciones del cliente por defectos presuponen que este haya cumplido correctamente con sus obligaciones de inspección y notificación de defectos según el § 377 HGB. Los defectos evidentes deben notificarse inmediatamente, pero a más tardar dentro de los 10 días posteriores a la entrega, por escrito. Los vicios ocultos deben notificarse inmediatamente después de su descubrimiento. El envío oportuno de la notificación es suficiente para cumplir el plazo. Si el cliente omite la notificación a tiempo, la entrega se considera aprobada.

(3) En la medida en que exista un defecto en la cosa comprada, tenemos derecho, a nuestra elección, a realizar el cumplimiento posterior en forma de eliminación del defecto o de entrega de una nueva cosa libre de defectos. En caso de eliminación del defecto, estamos obligados a asumir todos los gastos necesarios para el propósito de la eliminación del defecto, en particular los costes de transporte, desplazamiento, mano de obra y material, siempre que estos no aumenten por el hecho de que la cosa comprada se haya trasladado a un lugar distinto del lugar de cumplimiento. Podemos rechazar el cumplimiento posterior si solo está asociado con costos irrazonables o desproporcionadamente altos. Si una solicitud de eliminación de defectos por parte del cliente resulta ser injustificada, podemos exigir el reembolso de los costes incurridos a partir de esto.

(4) Si el cumplimiento posterior falla, el cliente tiene derecho, sin perjuicio de posibles reclamaciones por daños y perjuicios, a su elección, a la rescisión (anulación del contrato) o a la reducción (disminución de la remuneración).

(5) No existen reclamaciones por defectos en caso de desviación solo insignificante de la calidad acordada o de la cantidad de entrega acordada, en caso de deterioro solo insignificante de la usabilidad, en caso de desgaste natural o daños que surjan después de la transferencia del riesgo como resultado de un tratamiento defectuoso o negligente, una tensión excesiva, medios de operación inadecuados, un uso inadecuado, un uso incorrecto, un montaje defectuoso, el incumplimiento de las instrucciones de mantenimiento y operación o que surjan debido a influencias externas especiales que no están previstas en el contrato. Una desviación de la cantidad de entrega de hasta un 5 % se considera insignificante. Si el cliente o terceros realizan cambios de manera inadecuada, tampoco existen reclamaciones por defectos para estos y las consecuencias que de ellos se deriven.

(6) En cualquier caso, podemos hacer que el cumplimiento posterior (reparación o entrega de reemplazo) dependa de si ya se ha pagado una parte adecuada de la remuneración acordada en relación con el alcance y la gravedad del defecto.

(7) El cliente nos asistirá en la detección y eliminación de defectos y nos informará y consultará de forma exhaustiva. Debe darnos la oportunidad de examinar el caso de daño.

(8) Respondemos de acuerdo con las disposiciones legales si el cliente hace valer reclamaciones por daños y perjuicios que se basan en dolo o negligencia grave, incluido el dolo o la negligencia grave de nuestros representantes o auxiliares de ejecución. En la medida en que no se nos reproche un incumplimiento de contrato intencional, la responsabilidad por daños y perjuicios se limita al daño previsible y típicamente ocurrido.

(9) Respondemos de acuerdo con las disposiciones legales si incumplimos culpablemente una obligación contractual esencial; en este caso, sin embargo, la responsabilidad por daños y perjuicios se limita al daño previsible y típicamente ocurrido, a menos que se nos pueda reprochar a nosotros o a nuestros auxiliares de ejecución dolo o negligencia grave.

(10) En la medida en que el cliente tenga derecho a una indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación, nuestra responsabilidad se limita al resarcimiento del daño previsible y típicamente ocurrido.

(11) La responsabilidad por el incumplimiento culposo de la vida, el cuerpo o la salud no se ve afectada; esto también se aplica a la responsabilidad obligatoria según la Ley de Responsabilidad por Productos (Produkthaftungsgesetz).

(12) Las disposiciones anteriores no implican un cambio en la carga de la prueba en detrimento del cliente.

(13) A menos que se acuerde lo contrario, el plazo de prescripción para las reclamaciones por defectos en cosas que se hayan utilizado de acuerdo con su uso habitual para una obra y que hayan causado su defectuosidad es de 36 meses a partir de la transferencia del riesgo. Para otras cosas, el plazo de prescripción es de 12 meses. El plazo de prescripción en caso de recurso del proveedor según los §§ 478, 479 BGB no se ve afectado. Por lo demás, en casos de lesión de la vida, el cuerpo o la salud, en caso de incumplimiento intencional o por negligencia grave de una obligación y en caso de ocultación maliciosa de un defecto, se mantiene el plazo de prescripción legal. Las regulaciones legales sobre el inicio de la prescripción y sobre la suspensión, interrupción y nuevo inicio de los plazos no se ven afectadas por estas disposiciones.

(14) Las reclamaciones de recurso del cliente contra nosotros según el § 478 BGB (recurso del empresario) solo existen en la medida en que el cliente no haya llegado a acuerdos con su comprador que vayan más allá de las reclamaciones legales por defectos. Las disposiciones anteriores se aplican en consecuencia al alcance de nuestra responsabilidad por daños y perjuicios.


§8 Derechos de Propiedad Industrial; Vicios Legales

(1) Por las violaciones de derechos de protección en relación con la venta de nuestros productos, respondemos al cliente de la siguiente manera, siempre y cuando se violen tales derechos de protección que tengan validez en la República Federal de Alemania y se hayan publicado allí en el momento de la entrega por nuestra parte, al utilizar la mercancía conforme al contrato:

a) a nuestra elección y a nuestro cargo, obtendremos un derecho de uso para el producto, modificaremos el producto para que no se viole el derecho de protección o reemplazaremos el producto. Si esto no nos es posible en condiciones razonables, debemos retirar el producto contra el reembolso del precio de compra.

b) Las obligaciones mencionadas anteriormente solo existen para nosotros si el cliente nos notifica inmediatamente por escrito las reclamaciones hechas por el tercero, no reconoce una violación y nos reservamos todas las medidas de defensa y negociaciones de acuerdo. Si el cliente cesa el uso del producto por razones de mitigación de daños u otras razones importantes, está obligado a indicar al tercero que la cesación de uso no implica un reconocimiento de una violación de derechos de protección.

(2) Las reclamaciones del cliente están excluidas en la medida en que sea responsable de la violación del derecho de protección. Las reclamaciones del cliente también están excluidas en la medida en que la violación del derecho de protección sea causada por especificaciones especiales del cliente, por una aplicación que no pudimos prever o por el hecho de que la entrega sea modificada por el cliente o utilizada junto con productos no suministrados por nosotros.


§9 Responsabilidad General

(1) Cualquier responsabilidad adicional por daños y perjuicios a la prevista en los §§ 5, 7 y 8 está excluida, independientemente de la naturaleza jurídica de la reclamación presentada. Esto se aplica en particular a las reclamaciones por daños y perjuicios por culpa al celebrar el contrato, por otros incumplimientos de obligaciones o por reclamaciones extracontractuales para el resarcimiento de daños materiales según el § 823 BGB.

(2) La limitación según el apartado (1) también se aplica si el cliente exige el reembolso de gastos inútiles en lugar de una reclamación de indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación.

(3) En la medida en que la responsabilidad por daños y perjuicios esté excluida o limitada para nosotros, esto también se aplica a la responsabilidad personal por daños y perjuicios de nuestros empleados, trabajadores, colaboradores, representantes y auxiliares de ejecución.


§10 Fabricaciones Especiales; Costes de Herramientas

(1) En la entrega de fabricaciones especiales, calculamos costes proporcionales y únicos para la fabricación de las herramientas correspondientes.

(2) Las herramientas siguen siendo de nuestra propiedad. Nos reservamos sin restricciones todos los derechos de autor y derechos de propiedad intelectual conexos sobre las herramientas.

(3) Si una fabricación especial presenta un defecto en el sentido del § 7 Apartado 1, el cliente solo tiene inicialmente derecho al cumplimiento posterior. Si el cliente exige el cumplimiento posterior, podemos, a nuestra elección, eliminar el defecto o fabricar una nueva herramienta. Si el cumplimiento posterior falla, el cliente tiene derecho, sin perjuicio de posibles reclamaciones por daños y perjuicios, a su elección, a la rescisión (anulación del contrato) o a la reducción (disminución de la remuneración). Por lo demás, las disposiciones de los §§ 7 a 9 se aplican por analogía con respecto a los defectos y nuestra responsabilidad.


§11 Reserva de Dominio

(1) Nos reservamos el dominio de la cosa comprada hasta la recepción de todos los pagos de la relación comercial (incluidos todos los saldos deudores de la cuenta corriente) con el cliente. Si el valor de los objetos entregados bajo reserva de dominio que nos sirven de garantía supera nuestra deuda total en más de un 10 %, estamos obligados, a solicitud del cliente, a liberar la garantía (proporcionalmente).

(2) En caso de comportamiento del cliente contrario al contrato, en particular en caso de mora en el pago, tenemos derecho, después de fijar un plazo razonable, a recuperar la cosa comprada. La recuperación de la cosa comprada por nuestra parte constituye una rescisión del contrato. Estamos autorizados a vender la cosa comprada después de la recuperación; el producto de la venta se imputará a las obligaciones del cliente, deducidos los costes de realización razonables.

(3) Antes del pago del precio de compra, el cliente no puede ni pignorar ni ceder a título de garantía los objetos entregados. En caso de embargos, así como de incautación u otras intervenciones de terceros, el cliente debe notificárnoslo inmediatamente y proporcionarnos toda la información y documentos necesarios para salvaguardar nuestros derechos. Los funcionarios de ejecución o terceros deben ser informados de nuestra propiedad. En la medida en que el tercero no esté en condiciones de reembolsarnos los costes judiciales y extrajudiciales de una demanda según el § 771 del Código de Procedimiento Civil Alemán (ZPO), el cliente es responsable de la pérdida que suframos.

(4) El cliente está autorizado a revender los objetos entregados en el curso normal de los negocios; sin embargo, nos cede desde ahora todas las reclamaciones por el importe del precio de compra acordado entre nosotros y el cliente, incluido el IVA, que le surjan de la reventa contra sus compradores o terceros, e independientemente de si los objetos entregados se revenden sin o después de la transformación. El cliente está autorizado a cobrar esta reclamación también después de la cesión. Nuestra facultad de cobrar la reclamación nosotros mismos no se ve afectada por esto. Sin embargo, nos comprometemos a no cobrar la reclamación mientras el cliente cumpla correctamente con sus obligaciones de pago y no esté en mora de pago. Si este es el caso, podemos exigir que el cliente nos dé a conocer las reclamaciones cedidas y sus deudores, proporcione toda la información necesaria para el cobro, entregue los documentos correspondientes y notifique la cesión a los deudores (terceros).

(5) El procesamiento o la transformación de las mercancías por parte del cliente se realiza siempre para nosotros. Si los objetos entregados se procesan con otros objetos que no nos pertenecen, adquirimos la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor de los objetos entregados con respecto a los otros objetos procesados en el momento del procesamiento. Por lo demás, se aplica lo mismo a la cosa creada por el procesamiento que a los objetos entregados bajo reserva de dominio.

(6) Si los objetos entregados se mezclan de forma inseparable con otros objetos que no nos pertenecen, adquirimos la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor de los objetos entregados con respecto a los otros objetos mezclados en el momento de la mezcla. Si la mezcla se realiza de tal manera que la cosa del cliente debe considerarse la cosa principal, se considera acordado que el cliente nos transfiera la copropiedad proporcionalmente. El cliente almacena para nosotros la propiedad única o la copropiedad así surgida.

(7) El cliente también nos cede las reclamaciones que surjan contra un tercero por la conexión de la cosa comprada con un terreno para garantizar nuestras reclamaciones contra él.

(8) Si, en el lugar extranjero donde se encuentra la mercancía después de la recogida o entrega, se requieren ciertas medidas para la efectividad de la reserva de dominio o de la cesión, el cliente debe indicárnoslo inmediatamente y llevar a cabo tales medidas a su propio coste. Si no es posible otorgar una reserva de dominio y/o los otros derechos previamente tratados en el lugar donde se encuentra la mercancía después de la entrega, el cliente debe hacer todo lo necesario a su coste para proporcionarnos los derechos de garantía sobre la mercancía entregada más similares a estos derechos o para asegurar nuestras reclamaciones al menos de forma equivalente.


§12 Confidencialidad y Protección de Datos

(1) Las partes contratantes tratarán confidencialmente toda la información o materiales de información que les sean conocidos oralmente, por escrito o de cualquier otra forma, directa o indirectamente, en el marco de la relación contractual, que estén designados como confidenciales o que deban considerarse confidenciales por la naturaleza de la cosa, durante la duración de la relación contractual y durante dos años después de su finalización, los utilizarán exclusivamente en el marco de las prestaciones cubiertas por este contrato y no los transmitirán a terceros ni los harán accesibles de otra forma a terceros sin el consentimiento de la otra parte, y tomarán todas las precauciones razonables para excluir y evitar el acceso de cualquier tercero a ellos.

(2) Están excluidos de esta obligación de confidencialidad solo aquellas informaciones y materiales de información que ya eran manifiestos en el momento en que se conocieron, es decir, fácilmente accesibles a cualquier tercero, que un tercero ponga legalmente a disposición de una parte contratante después de que se conocieran, sin que este tercero esté sujeto a una obligación de confidencialidad frente a la otra parte contratante, que deban ser comunicados obligatoriamente a una autoridad o a otro tercero autorizado a solicitud de estos, o que deban ser comunicados necesariamente a los asesores legales o fiscales del socio respectivo con el propósito de asesoramiento.

(3) Las partes se comprometen a cumplir con las disposiciones de protección de datos aplicables (en particular, el RGPD, el BDSG). La información detallada sobre el tipo, alcance y propósito de la recopilación y el uso de datos personales por nuestra parte se encuentra en nuestra declaración de protección de datos separada, que se puede consultar en nuestro sitio web.


§13 Jurisdicción, Lugar de Cumplimiento, Modificaciones

(1) El fuero competente es nuestro respectivo domicilio social; sin embargo, también tenemos derecho a demandar al cliente en el tribunal de su domicilio.

(2) Se aplica el derecho de la República Federal de Alemania; se excluye la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

(3) A menos que la confirmación del pedido indique lo contrario, nuestro domicilio social es el lugar de cumplimiento.

(4) Las modificaciones y adiciones a este contrato requieren la forma escrita.


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Estado: 11/2025

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Estimados clientes y socios: El 1 de enero de 2026, las operaciones comerciales de Americom se integrarán en Gecko Fastener GmbH. Nos complace poder ofrecerles así una gama aún más amplia y acceso directo al fabricante.

Sus vías de contacto habituales seguirán siendo las mismas: podrá seguir enviando sus consultas (a través de esta página web) y pedidos fácilmente a través de nuestro formulario de contacto a las direcciones de correo electrónico que ya conoce.

Tenga en cuenta: sus mensajes se reenviarán automáticamente al departamento correspondiente de Gecko Fastener GmbH. En el futuro, recibirá su oferta o confirmación de pedido directamente de los compañeros de Gecko Fastener GmbH.

Nota: Los pedidos ya confirmados (de 2025) seguirán siendo entregados y facturados por Americom como de costumbre.